Abuso infantil |
Las relaciones sexuales con menores de edad es un tema complejo, de índole penal, social y cultural. Mediante el Código Penal, hay unas limitaciones que permiten mantener y proteger los derechos de los menores ante los abusos de los adultos, es por esta razón, que es necesario conocer todo el compendio legal que existe sobre este tema, desde lo que está permitido y lo que no.
Relaciones sexuales con menores de edad
Para dejar inicialmente el tema
claro, toda relación sexual con un menor de 14 años está prohibida en Colombia,
así haya consentimiento del menor. Según la Constitución y todo marco legal
existente en el país, un menor de 14 años no tiene aún la conciencia suficiente
para establecer la diferencia entre su sexualidad, abuso y placer. Toda persona
quien esté en intimidad con alguien que sea menor a esta edad incurrirá en un
delito. El Código Penal tiene un capítulo aparte sobre este tema y la
legislación actual ha suprimido todo beneficio legal a aquella persona que esté
con un menor. Es así que un adulto de 18 años en adelante irá a la cárcel si
accede sexualmente con alguien de 14 años o menos, así el menor haya accedido
de forma voluntaria.
Ahora bien, ¿qué sucede entonces con los menores que tienen más de 15 años de edad?
La legislación permite que una
persona mayor de edad pueda estar sexualmente con una persona mayor de 15 años.
En solo este sentido, no habría nada penalizable. Sin embargo, las últimas
actualizaciones legales señalan sobre los abusos por concepto de superioridad. Es
decir, un adulto puede acceder sexualmente a un menor de edad, sin que la ley
lo penalice, sin embargo, tendría cárcel cuando lo hace apelando a una relación
de superioridad, como por ejemplo, docente y estudiante.
- Sigue leyendo: cuándo es legal el trabajo infantil
Una persona que valiéndose de su superioridad logra
convencer a un menor de 15 años para tener relaciones sexuales puede ir a la
cárcel, entre 1 a 3 años, si no hay atenuantes. Sin embargo, si no hay figura
de autoridad, no habría ningún problema.
Sin embargo, la ley siempre va a
proteger al menor y resulta que en muchos casos luego de terminada una relación
amorosa, el o la menor denuncia a su ex pareja ante la fiscalía. Así inicialmente,
haya aceptado tener relaciones sexuales con su pareja mayor de 18 años, y luego
terminan la relación y el o la menor decide denunciarlo, los jueces, la Fiscalía
y todo el aparato judicial va a estar siempre a favor del menor o la menor.
La Fiscalía en una situación como
esta siempre va a poner como delito el abuso sexual, en donde así haya
consentimiento, se pone como prueba la superioridad de la persona mayor de edad
por ejercer presión para acceder sexualmente al menor. Los menores de edad tienen
una protección especial por parte del Estado.
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