Implicaciones legales en las relaciones sexuales con menores de edad

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Abuso infantil

Las relaciones sexuales con menores de edad es un tema complejo, de índole penal, social y cultural. Mediante el Código Penal, hay unas limitaciones que permiten mantener y proteger los derechos de los menores ante los abusos de los adultos, es por esta razón, que es necesario conocer todo el compendio legal que existe sobre este tema, desde lo que está permitido y lo que no.

Relaciones sexuales con menores de edad


Para dejar inicialmente el tema claro, toda relación sexual con un menor de 14 años está prohibida en Colombia, así haya consentimiento del menor. Según la Constitución y todo marco legal existente en el país, un menor de 14 años no tiene aún la conciencia suficiente para establecer la diferencia entre su sexualidad, abuso y placer. Toda persona quien esté en intimidad con alguien que sea menor a esta edad incurrirá en un delito. El Código Penal tiene un capítulo aparte sobre este tema y la legislación actual ha suprimido todo beneficio legal a aquella persona que esté con un menor. Es así que un adulto de 18 años en adelante irá a la cárcel si accede sexualmente con alguien de 14 años o menos, así el menor haya accedido de forma voluntaria.

Ahora bien, ¿qué sucede entonces con los menores que tienen más de 15 años de edad?


La legislación permite que una persona mayor de edad pueda estar sexualmente con una persona mayor de 15 años. En solo este sentido, no habría nada penalizable. Sin embargo, las últimas actualizaciones legales señalan sobre los abusos por concepto de superioridad. Es decir, un adulto puede acceder sexualmente a un menor de edad, sin que la ley lo penalice, sin embargo, tendría cárcel cuando lo hace apelando a una relación de superioridad, como por ejemplo, docente y estudiante.

Una  persona que valiéndose de su superioridad logra convencer a un menor de 15 años para tener relaciones sexuales puede ir a la cárcel, entre 1 a 3 años, si no hay atenuantes. Sin embargo, si no hay figura de autoridad, no habría ningún problema.

Sin embargo, la ley siempre va a proteger al menor y resulta que en muchos casos luego de terminada una relación amorosa, el o la menor denuncia a su ex pareja ante la fiscalía. Así inicialmente, haya aceptado tener relaciones sexuales con su pareja mayor de 18 años, y luego terminan la relación y el o la menor decide denunciarlo, los jueces, la Fiscalía y todo el aparato judicial va a estar siempre a favor del menor o la menor.

La Fiscalía en una situación como esta siempre va a poner como delito el abuso sexual, en donde así haya consentimiento, se pone como prueba la superioridad de la persona mayor de edad por ejercer presión para acceder sexualmente al menor. Los menores de edad tienen una protección especial por parte del Estado.

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